DESACATO

Desacatar: “No acatar una norma, ley u orden”

El pasado viernes 2 de septiembre, el presidente de la Comisión Técnica Electoral del PRD, Iván Texta Solís, en las instalaciones del Comité Directivo Estatal de ése partido político, dio a conocer las tres formulas que contenderán entre sí por la dirigencia de ése partido en el estado de Morelos el próximo 10 de septiembre. Texta Solís anunció, que existen ya tres candidatos apoyados por igual número de corrientes-tribus-que esperarán ser elegidos dentro del consejo político que se realizará en ésa misma fecha. Abel Espín García-ADN-, Fernando Pacheco Godínez-Graco & friends- y Javier Orihuela García-Paiz-son los candidatos que se medirán en ésa fecha.

Solo qué, resulta que la sentencia que emitió el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación el pasado 26 de agosto, no contempla ése tipo de elecciones “sui géneris”. La resolución de la queja promovida por el Senador Carlos Sotelo García ante el tribunal constitucional, con número SUP-JDC-4970/2011, en su calidad de consejero nacional en funciones, específicamente sanciona la actitud tomada por los órganos de dirección del Sol Azteca. Es específicamente el hecho de que los consejeros actuales se tomaron atribuciones que no contempla el estatuto de ése partido político, lo que orilló a que TEPJF a otorgar la protección de sus derechos político electorales a los quejosos y parece que en el PRD-Morelos hacen lo mismo.

Así pues, la convocatoria de registro de los aspirantes a ocupar la dirigencia del PRD en Morelos dada a conocer el 2 de Agosto, puede estar violentado la resolución del TEPJF y en caso de que así fuere, el PRD podría perder su registro como partido político, situación ésta que estaría siendo apoyada vigorosamente por el PRI y el PAN a los cuales les sería harto beneficioso el quitarse de encima a un rival para la elección del 2012.

Como botón de muestra, me permito transcribir solo una pequeña parte de la resolución del Tribunal Electoral, misma que se encuentra plasmada en su foja número veinte y siguientes:


Resulta evidente (contra lo que sostiene la Comisión Nacional de Garantías y Vigilancia del Partido de la Revolución Democrática en la resolución impugnada):

• Que la determinación del Consejo Nacional Extraordinario celebrado el día quince de enero de dos mil once para que la elección de consejeros y congresistas nacionales y estatales tenga verificativo hasta el mes de diciembre de dos mil once, sí implica una extensión indebida del mandato de los integrantes de dichos órganos.

• Que la Convocatoria cuestionada sí es violatoria de los preceptos legales invocados en esta demanda al extender el periodo o mandato para el cual fueron electos los actuales congresistas y consejeros nacionales y estatales.

• Que el retraso en la celebración de la elección de los integrantes de los órganos de representación a nivel nacional no responde a una circunstancia extraordinaria y transitoria que haya impedido en los hechos elegir a quienes deban sustituir a los integrantes actuales, sino a la acción deliberada de quienes ocupan dichos cargos, a permanecer indefinidamente en funciones. Resaltado absurdo que la hoy autoridad responsable pretenda encontrar la causa extraordinaria en los acuerdos de los propios consejeros que prorrogan su encargo.

Finalmente, atendiendo a lo considerado en el presente asunto, deben quedar sin efecto jurídico los acuerdos y actos realizados por los órganos del Partido de la Revolución Democrática que se opongan al sentido y determinaciones asumidas en la presente sentencia y que tengan relación alguna con la elección y renovación de sus órganos de dirección y representación.


Es evidente que al Partido de la Revolución Democrática en Morelos “se le están quemando las habas” por renovar a su delicado presidente actual. Es también evidente, que no han hecho caso o no han querido recibir consejo jurídico alguno, respecto de los alcances legales de la multicitada resolución judicial y puede que estén a punto de cometer un desacato judicial que los pondría contra la pared en el corto plazo.


En contraposición, su consejo nacional si está preparando todo para que el 23 de octubre sean llevadas a cabo las elecciones que den cabal cumplimiento al ordenamiento del 26 de agosto y finalmente el PRD nacional, vuelva a contar con un presidente de su comité directivo que cumpla con los requisitos de ley y sea, además, elegido mediante voto universal en urnas de los afiliados a ese partido.


Al PRD en Morelos solo le falta una sanción ejemplar por parte del TEPJF. No entiendo como pueden estar pensando en elegir a su presidente estatal mediante un consejo espurio-AMLO dixit-cuando tienen de por medio una sentencia que tienen cumplir a “pie juntillas”.


JABONAZO


Si las huestes de AMLO se unen a Demedicis y a Adriana Díaz en la elección por el consejo y la presidencia del PRD-Morelos. ¿Dónde quedarían Graco & friends?



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